La nueva Ley del Deporte ampara los cursos de entrenador

Escrito por José Miguel Muñoz. Creado en Más Fútbol

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REAL FEDERACIÓN ANDALUZA FÚTBOL

La nueva Ley del Deporte ampara los cursos federativos de entrenador de Fútbol y Fútbol Sala. Y así ha querido expresarlo la Real Federación Andaluzade Fútbol, reforzando al CEDIFA.

La Real Federación Andaluza de Fútbol, a través de su Centro de Formación homologado (CEDIFA) y el Comité Andaluz de Entrenadores (CTAEF), ante las desinformaciones surgidas de forma interesada por parte de algún centro de formación privado en redes sociales, desea aclarar la siguiente información con respecto a los cursos de entrenador de fútbol y fútbol sala:

1) La reciente Ley 5/2016 del Deporte de Andalucía, en su Disposición Final Quinta establece que “La presente ley entrará en vigor en el plazo de un mes desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a excepción de lo dispuesto en sus títulos VII (el referido a las titulaciones deportivas) y IX, que entrará en vigor en el plazo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor de la misma”.

2) La reciente Ley 5/2016, en el Título VII, Capítulo II, Artículo 92, faculta para la profesión de entrenador o entrenadora deportiva al “Técnico o técnica deportivo o título equivalente en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente”. Algunos centros interesados en tergiversar la realidad hacen una interpretación muy libre de este artículo, con comentarios tendenciosos y el único objetivo de confundir a los aspirantes a entrenador. El artículo faculta claramente a los cursos de técnico deportivo que en sus distintos grados imparte la RFAF, los llamados ‘académicos’, así como también a los cursos federativos de entrenador, que son un “título equivalente” en cada especialidad deportiva, avalados por RFEF y UEFA para entrenar en España y en Europa.

3) Por lo tanto, la situación legal no ha cambiado con la nueva Ley del Deporte, y ambas acreditaciones son válidas y seguirán siendo válidas para entrenar en Andalucía, circunstancia ésta que la Real Federación Andaluza de Fútbol defenderá ante cualquier organismo político o instancia judicial, como ha hecho hasta ahora siempre con un resultado favorable.

4) Por último, pondremos por ejemplo el caso de Cataluña, que ha sido la primera Comunidad Autónoma de España en debatir el tema de las titulaciones deportivas en sus distintas modalidades en la Ley aprobada en el año 2000 e inspiradora de otros textos posteriores en otras Comunidades. Después de dieciséis años y dos reformas legislativas (2008 y 2015), la Ley nueva sigue sin aplicarse en cuanto a las titulaciones y se encuentra recurrida por el gobierno central ante el Tribunal Constitucional.

CONCLUSIÓN: El Centro de Formación de la RFAF (CEDIFA) es un organismo deportivo facultado para impartir tanto los Cursos de Técnico Deportivo como los Cursos Federativos en sus distintos grados o niveles. Asimismo, los colegiados del Comité Andaluz de Entrenadores tienen total capacidad legal, como han tenido siempre, para entrenar en Andalucía.

La RFAF tiene en este momento abierto el plazo de inscripción para todos los cursos académicos de Técnico Deportivo, homologados por la Consejería de Educación, y los cursos federativos de entrenador, oficiales de la RFEF y amparados por la normativa UEFA y FIFA, en las disciplinas de fútbol y fútbol sala para la temporada 2016/17.

La RFAF, haciendo uso de su facultad legal, en defensa de su prestigio y buen nombre, se reserva el derecho a emprender acciones legales contra aquellos que lancen en cualquier foro público comentarios presuntamente falsos en relación a los cursos de entrenador en Andalucía. Comentarios que, curiosamente, aparecen siempre que la RFAF abre su periodo de inscripción para los cursos de entrenador de fútbol y fútbol sala, en un presunto ejercicio de competencia desleal.

JOSÉ MIGUEL MUÑOZ @tara11iker